Si eres autónomo, llegará algún momento en el que te preguntes cómo es la pensión de jubilación de autónomos en España. Por eso mismo, en este artículo de lo resolvemos de una forma rápida y sencilla.

¿Cuál es la jubilación de un Aut´ónomo?

Los autónomos, al pagar (como norma general) la cuota mínima, tienen pensiones relativamente más bajas.

La pensión media de los autónomos jubilados es de unos 830 euros al mes. Como puedes ver, esta es muy modesta comparada con las pensiones medias de los trabajadores por cuenta ajena jubilados. 

Este 2023, para poder cobrar el 100% de tu base reguladora y poder jubilarte con 65 años, tienes que haber cotizado un mínimo de 37 años y 9 meses. Pero si quieres cobrar el 100% de tu pensión y has cotizado entre 35 años y 37 años y 9 meses, entonces tienes que tener al menos 66 años y 4 meses. 

El mínimo que tienes que haber cotizado son 15 años, pero entonces solamente percibirán el 50% de tu base reguladora. A partir de los 15 años cotizados irás cobrando un porcentaje mayor de tu base reguladora.

Pero ¿por qué cobran menos los Autónomos?

El motivo es por la cotización de los autónomos a la Seguridad Social. Los autónomos cotizan cantidades inferiores a las de un asalariado.

Cuánto cotiza un Aut´ónomo 

Como explicamos en el punto anterior la clave de la baja jubilación de un trabajador autónomo es la cotización que realiza a la Seguridad Social, y es que generalmente los autónomos cotizan por la base mínima.

A diferencia de los empleados, el autónomo puede decidir cuanto quiere cotizar a la Seguridad y la gran mayoría opta por cotizar lo mínimo. El Estado les deja elegir entre un mínimo y un máximo, siendo 944,20 el mínimo por lo que se cotiza.

Cómo calcular la pensión de jubilación de un autónomo

Tienes que saber dos cosas fundamentales para ello: 

  1. Tiempo que llevas cotizado.
  2. Tu base de cotización.

Lo primero es calcular tu base reguladora. Esto se calcula sumando la base de cotización de los 300 meses antes de la edad de jubilación y dividiéndola por 350. 

Y lo segundo, una vez hayas calculado la base reguladora, tienes que calcular, en función de los años que hayas cotizado, a qué porcentaje de tu pensión tienes derecho.