Entre las obligaciones de los trabajadores autónomos, tienen que declarar el impuesto del IRPF. A continuación explicamos los modelos que componen el IRPF:

Declaración trimestral del IRPF:

Todos los autónomos deben realizar la declaración del IRPF de forma trimestral por medio del modelo 130 si tributa por estimación directa o por medio del modelo 131 si tributa por módulos.

El periodo de presentación de dichos módulos es:

  • Primer trimestre hasta el 20 de abril
  • Segundo trimestre hasta el 20 de Julio
  • Tercer trimestre hasta el 20 e Octubre
  • Cuarto trimestre hasta el 20 de Enero

Debes tener en cuenta que nos referimos a días hábiles, así que en caso de coincidir el último día del periodo en cuestión con festivo se aplaza el fin del periodo hasta el siguiente día hábil.

En caso de autónomos profesionales con retención directa en la factura, y mas del 70% de sus ingresos con retención no es necesario presentar dicho modelo

Declaración anual del IRPF:

Además los autónomos tienen la obligación de presentar la declaración del IRPF anual mediante el modelo D-100. Es lo que comúnmente conocemos como la Declaración de la Renta. Recoge los rendimientos anuales de las actividades económicas de un trabajador autónomo. El periodo de presentación va desde el 4 Abril hasta el 30 de Junio.

Solicita aquí la presentación de tu Declaración de la Renta

La declaración de la renta de los trabajadores autónomos es diferente a la declaración de los trabajadores asalariados, ya que interviene el rendimiento anual obtenido de su actividad, lo cual hacienda no contempla en sus datos a importar y es necesario meter manualmente.

 

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