En el año 2019, se promulgó en España el Real Decreto-ley 28/2018, otorgando a los trabajadores autónomos una protección adicional ante accidentes laborales y enfermedades profesionales. Esta medida fue un hito importante que marcó un cambio significativo en el panorama laboral para este colectivo. Ahora, los autónomos están respaldados por una red de seguridad que antes no tenían, lo que les brinda tranquilidad y estabilidad en su jornada laboral.

Pero, ¿qué ocurre si un autónomo sufre un accidente laboral? ¿Cómo debe proceder en una situación así?

Aquí te lo explicamos paso a paso, para que tengas claro qué hacer en caso de encontrarte en esta situación inesperada.

En primer lugar, es crucial entender qué se considera un accidente de trabajo según la ley. Según la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, se define como accidente laboral aquel que se produce como consecuencia directa e inmediata del trabajo realizado por cuenta propia. Esto incluye no solo los accidentes ocurridos durante la jornada laboral, sino también aquellos que suceden en el trayecto de ida o vuelta al lugar de trabajo, conocidos como accidentes in itinere. Además, las enfermedades profesionales, derivadas directamente de la actividad laboral, también entran en esta categoría.

Una vez entendido esto, veamos los tres pasos que debe seguir un autónomo en caso de sufrir un accidente laboral:

  1. Acudir a la Mutua de accidentes: Es importante buscar atención médica lo antes posible. Para ello, el autónomo debe dirigirse a la Mutua de accidentes correspondiente, donde será evaluado por un médico especializado.
  2. Notificar el accidente: El siguiente paso es notificar el accidente a través del Sistema Delta, una plataforma online diseñada para gestionar este tipo de situaciones. Aquí, el autónomo deberá registrar los detalles del accidente y proporcionar la documentación necesaria.
  3. Presentar documentación: En un plazo máximo de 15 días desde la fecha de la baja, el autónomo debe presentar la documentación requerida. Esto incluye el Modelo 145 con los datos del pagador, el parte de baja médica, una copia del DNI y una declaración sobre la situación de la actividad laboral, indicando si el negocio permanecerá cerrado o quién se hará cargo del mismo en su ausencia.

Gracias al Sistema Delta, el proceso de notificación y gestión de accidentes laborales se ha simplificado enormemente. Esta plataforma permite a los autónomos realizar todas las gestiones de forma intuitiva y eficiente, siempre y cuando dispongan de certificado digital, DNIe o Cl@ve para autenticarse.

Ahora bien, ¿qué coberturas tienen los autónomos en caso de accidente?

En primer lugar, tienen derecho a asistencia sanitaria completa y a una prestación económica en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Además, en caso de incapacidad temporal o permanente derivada del accidente o enfermedad, los autónomos pueden acceder a prestaciones económicas correspondientes.

En cuanto a la cuantía y duración de estas prestaciones, se establece que el autónomo tiene derecho al 75% de la base reguladora desde el día siguiente de la baja, por un período de 365 días, con posibilidad de prórroga de 180 días adicionales. Si la baja se debe a una enfermedad profesional, los plazos son de 180 días prorrogables por otros 180.

En resumen, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2018, los trabajadores autónomos en España están protegidos ante accidentes laborales y enfermedades profesionales. Este cambio ha supuesto un gran avance en el reconocimiento de los derechos laborales de este colectivo, proporcionándoles una red de seguridad adicional y brindándoles la tranquilidad y estabilidad necesarias para desarrollar su actividad con confianza y seguridad.