Este año comienza con varios cambios y regulaciones que afectan a gran parte de las empresas y los autónomos del territorio español. Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) han modificado varios aspectos fiscales que se deben tener en cuenta respecto al año anterior, de los cuales se destacan los siguientes:

Cambios en las aportaciones a planes de pensiones

A lo largo de 2022, los autónomos se van a encontrar con cambios importantes en los tradicionales planes de pensiones. Para este trimestre, ya se han modificado algunos factores que afectan mayormente a los contribuyentes con planes de pensiones individuales, de los cuales se destacan: 

  • Plan individual: Desde el 1 de enero de 2022, la cantidad exenta de tributar es de 1.500 euros, en comparación con el año pasado, aportando hasta 2.000 euros.
  • Planes de empleo: En este caso, el límite aumenta de 8.000 a 8.500 euros anuales.
  • Planes de pensiones para personas con discapacidades: Este tipo de planes no ha cambiado, siendo de 24.250 euros por parte del titular, o de hasta 10.000 euros en el caso de parientes, línea directa o colateral, hasta el tercer grado inclusive, cónyuge o tutores.
  • Deportistas de élite y profesionales: El límite financiero también se tasa en 24.250 euros anuales.

Limitaciones en los pagos en efectivo

Desde la nueva ley de prevención del fraude fiscal implementada en julio del año pasado, se ha reducido el pago permitido en efectivo, siendo 1.000 euros el importe máximo que un empresario o profesional puede pagar en metálico. Para pagadores extranjeros, se reduce también el importe que pueden abonar de 15.000 a 10.000 euros.

Cabe recordar que cualquier detección de un pago superior a 1.000 euros realizado en efectivo, puede ser sancionado con un máximo de 25% sobre la base imponible.

Nuevo valor de referencia para los impuestos sobre inmuebles

Desde el 1 de enero de 2022,  se utilizará un nuevo valor que determinará el catastro para que sea lo más ajustado posible al valor de mercado. Por tanto, la base imponible de los bienes inmuebles que se compren se calculará a partir del valor de referencia.

Es decir, el autónomo que venda una vivienda por 200.000 euros, pero ésta tenga un valor de referencia catastral de 300.000, tendría que utilizar como base, el valor de referencia y no el valor de venta. 

Menor impuestos para las nuevas empresas

Con el objetivo de impulsar la creación de nuevas empresas, los Presupuestos Generales del Estado implementaron una reducción del 15% al 10% en la tributación exigida en el impuesto sobre sociedades a las organizaciones de nueva creación.