Uno de los temas que más se cuestionan a la hora de alquilar un piso, es la facilidad que tiene un trabajador por cuenta ajena frente a un autónomo. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, es tan sencillo como aportar la respectiva nómina, pero para el autónomo, las gestiones y los requisitos son muy distintos, ya que el principal motivo de ello, es que deben demostrar su solvencia.

El problema es que la morosidad es una cuestión que cada día se está haciendo más común, y sobre todo hoy en día, que se ha agravado debido a la crisis provocada por el Covid-19. La principal razón de porque los autónomos presentan cierta desconfianza a ojos de los propietarios, son la inestabilidad de sus ingresos, y la incertidumbre sobre la estabilidad y el desarrollo de sus negocios.

Sabiendo esto, podemos observar que el camino de un autónomo para poder alquilar un local es un tanto complicado, pero a continuación, te informaremos de los documentos más habituales que debes presentarle a tu arrendatario.

Declaración de la renta

El documento más frecuente es la declaración anual de la renta, ya que el propietario puede comprobar si el último año ha ingresado lo suficiente para afrontar las cuotas de alquiler.

Modelo 130

La declaración de la renta aporta información sobre el año anterior, por lo que los propietarios querrán saber cómo te ha ido en los últimos meses, así que lo más probable es que te pidan conjuntamente el modelo 130, que hace referencia a la declaración trimestral de tus ingresos y gastos.

Pagos de las cuotas a la Seguridad Social

Aunque no suele ser muy habitual, algunos propietarios exigen que demuestres que estás al día con la Seguridad Social, ya que si tienes impagos o deudas, tendrás que justificar dichas anomalías para acceder al alquiler, o de otra manera lo más probable es que no se pueda llegar a un acuerdo.

Aval bancario

El aval bancario es un documento casi obligatorio en el sector inmobiliario. Es una garantía que el banco entrega a favor del solicitante respondiendo ante terceros en una obligación de pago. El problema es que el aval exige inmovilizar una parte del capital para asegurar el pago. Además, conlleva algunos gastos asociados, como la comisión de apertura, gastos de notaría, etc.

Seguro de protección del alquiler

Por último, es posible que te exijan formalizar un seguro de alquiler. En este caso, un intermediario será el encargado de verificar si tienes capacidad financiera suficiente para afrontar el pago. Lo bueno es que son más accesibles que los avales bancarios, pero el problema es que hay que pagarlo.